Organismos

Portales

Estadística e investigación de incendios forestales

Investigación de incendios forestales (GOIIF)

Investigación de incendios forestales (GOIIF)

 

La investigación de causas de incendio es una herramienta fundamental en las labores de prevención de incendios forestales, porque difícilmente se pueden tomar medidas preventivas eficaces si no se conocen con exactitud las causas y motivaciones que los producen.

Además, es una pieza clave para poder identificar al presunto autor del incendio con el fin de exigirle las responsabilidades que se determinen, ya sean administrativas o penales.

La investigación de incendios forestales persigue:

  • Determinar las causas de inicio del fuego.
  • Identificar las situaciones de riesgo que las producen.

Con el fin de:

  • Aplicar y divulgar las medidas preventivas adecuadas para cada causa.

Para conseguir estos objetivos, es necesario realizar un seguimiento exhaustivo de los incendios forestales que se producen en la Comunitat Valenciana. Toda la información queda registrada en un archivo de datos histórico sobre las causas de inicio.

El análisis de la información obtenida permite detectar y definir las distintas situaciones de riesgo, punto de partida para elaborar la planificación y los programas de prevención de incendios adecuados para reducir el riesgo potencial de que se produzca un incendio forestal.

 

¿Quién investiga los incendios forestales?

Con este fin, la Dirección General de Prevención de Incendios Forestales de la Conselleria de Justicia e Interior, dispone de un grupo especializado, el GOIIF (Grupo Operativo de Investigación de Incendios Forestales) formado por 13 Agentes Medioambientales expertos en investigación de incendios forestales. Este grupo especializado de agentes, para cada investigación concreta, integra a los Agentes Medioambientales del territorio afectado, aunando así todos los esfuerzos en torno al objetivo de investigar todos los incendios que se producen dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.

El GOIIF es la unidad especializada más antigua de Europa dedicada específicamente a la investigación de las causas y motivaciones de incendios forestales. Se constituye formalmente en 1995, tal como dispone el Reglamento de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunitat Valenciana (art. 160), aunque se realizaron experiencias previas en los años 1991 y 1992, asignándose agentes de forma permanente a partir de 1994.

 

 

 

 

 

 

 

¿Cómo es el proceso de investigación?

Se puede dividir en tres fases:

La primera fase consiste en una inspección ocular en la cual se efectúa un reconocimiento general de la superficie incendiada y conforme a la metodología de las evidencias físicas se identifican las distintas trayectorias que han seguido las llamas (sobre el suelo, sobre la vegetación y sobre otros objetos) y se reconstruyen en sentido inverso a su desarrollo inicial, mediante indicadores de propagación (se utiliza el color rojo para señalar el frente de avance principal o cabeza del incendio y el color amarillo para el frente secundario o cola del incendio) hasta llegar a la llamada zona de indecisión o punto de expansión circular de las llamas.

Imágenes 1 y 2. Metodología de las evidencias físicas.

Foto 1. Utilización de los indicadores de propagación.

 

Una vez determinado el posible punto de inicio se obtienen sus coordenadas UTM, mediante un GPS, se efectúa un reportaje fotográfico y se realiza un croquis del incendio.

Esta tarea requiere un profundo conocimiento del comportamiento del fuego en incendios forestales, ya que influyen diversos factores en este comportamiento, como las condiciones meteorológicas, la orografía y el tipo de vegetación afectada.

En la segunda fase, con el fin de validar los resultados obtenidos, se contrasta la información anterior con todo tipo de fuentes que describan los primeros momentos de las llamas y con la descripción facilitada por los primeros medios oficiales que intervienen en la extinción. Hay que tener en cuenta que las investigaciones de incendios forestales se inician con carácter inmediato dentro de las 72 horas desde que se notificó el inicio del incendio. En esta fase siempre ha tenido gran importancia la colaboración ciudadana. Actualmente cobran relevancia las imágenes tomadas desde teléfonos móviles que los ciudadanos ponen desinteresadamente a disposición de los investigadores. Además de estas imágenes se cuenta también con el material fotográfico infrarrojo y digital que toma el helicóptero de coordinación durante el incendio.

Una vez contrastados los datos, se abre una tercera fase en la que se reafirma el punto de origen y los elementos asociados a él, así como la causa de inicio y su posible motivación. A partir de aquí comienza la fase de averiguación del causante, que se realiza con técnicas estrictamente policiales.

 

CLASIFICACIÓN DE LAS CAUSAS

Causas origen natural:

  • Rayos.
  • Fermentación natural de ciertos cereales.
  • Actividad volcánica.

Foto 2. Incendio forestal debido a causa natural (rayo).

 

 

Causas origen humano:

  • Intencionados.
  • Negligencias.
  • Accidentes.

 

 

Foto 3. Incendio forestal intencionado (quema de cañar).

 

Foto 4. Incendio forestal debido a negligencia (maquinaria corte metal).

 

Foto 5. Incendio forestal debido a accidente (rotura de cable eléctrico).

Una vez finalizada la investigación de causas, ya sea de forma autónoma o en coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad con competencia en la materia, si se concluye que obedece a causas humanas, sistemáticamente se remite el resultado a las fiscalías provinciales especializada en incendios. Paralelamente, si la intervención de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, ha dado como resultado la formalización de atestado con identificación de autoría en vía penal, se remite informe definitivo de causa al juzgado de instrucción que resulte competente en cada caso.

Se abre entonces un proceso de instrucción, en el que se examinan los hechos y se estima si son constitutivos de delito. Si lo son y existe un acusado, éste es juzgado según el procedimiento correspondiente, que depende de la gravedad del delito y de la intencionalidad.

Si los hechos son constitutivos de delito, pero no existe un acusado, el caso se archiva provisionalmente. Si en cambio, se estima que los hechos no son constitutivos de delito, el caso se archiva definitivamente, cerrándose la vía penal.

Es entonces cuando se abre la vía administrativa, en la que la autoridad competente, que variará dependiendo de la gravedad de la infracción, dictaminará si impone sanción al autor del incendio y la cuantía de ésta, basándose en los hechos probados en la instrucción del caso. Aún en caso de no imponerse sanción, la administración podrá reclamar al autor el pago del importe de los daños causados al dominio público forestal, así como repercutir el coste de extinción. Si los daños fueran causados a un particular, éste también le podría reclamar los daños, abriéndose el procedimiento civil correspondiente a la cuantía de los mismos.

Tabla 1. Número de incendios investigados y remitidos a la Fiscalía (periodo 2012-2021).

  

Noticias prensa