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Difusión de la información recogida por la RVVCCA

Difusión de la información recogida por la RVVCCA

La Directiva 2003/4/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2003, relativa al acceso al público a la información medioambiental, y por la que se deroga la Directiva 90/313/CEE, establece entre sus objetivos la necesidad de garantizar que, de oficio, la información medioambiental se difunda y se ponga a disposición del público paulatinamente con objeto de lograr una difusión lo más amplia y sistemática posible de dicha información.


Esta directiva, así como la Directiva 2003/35/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de mayo de 2003, por la que se establecen medidas para la participación del público en determinados planes y programas relacionados con el medio ambiente, se han traspuesto al ordenamiento jurídico español a través de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Esta Ley tiene por objeto tres puntos principales, y que son regular el derecho a:

  • acceder a la información ambiental que obre en poder de las autoridades públicas o en el de otros sujetos que la posean en su nombre,
  • a participar en los procedimientos para la toma de decisiones sobre asuntos que incidan, directa o indirectamente, en el medio ambiente, y cuya elaboración o aprobación corresponda a las Administraciones Públicas, así como
  • a instar la revisión administrativa y judicial de los actos y omisiones imputables a cualquiera de las autoridades públicas que supongan vulneraciones de la normativa medioambiental.

A su vez, esta ley garantiza igualmente la difusión y puesta a disposición del público de la información ambiental, de manera paulatina y con el grado de amplitud, de sistemática y de tecnología lo más amplia posible.

De igual manera, el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire, tiene por objeto determinar la información a la población y a la Comisión Europea sobre las concentraciones de los distintos contaminantes que regula, el cumplimiento de los objetivos de calidad del aire, los planes de mejora y los demás aspectos que éste regula.