7. Ampliaciones y segregaciones de terrenos en cotos de caza - Medio Natural
7.1. ¿Se pueden ampliar los acotados de caza? (Artículo 28, Ley 13/2004 de Caza)
Sí. Para ello es necesario contar con los derechos de caza de los terrenos a ampliar y que estos terrenos tengan continuidad física con el coto al que se pretenden agregar. (autorización escrita del propietario de los terrenos por un plazo no inferior a cinco años y a hacer coincidir su término con la finalización de la vigencia de un plan cinegético).