Operadores afectados por la Ley 26-2007 - Calidad Ambiental
3.1. ¿Quién és responsable medioambiental del daño?
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Los operadores de las actividades económicas o profesionales
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"Operador":Cualquier persona física o jurídica, pública o privada, que desempeñe una actividad económica o profesional o que, en virtud de cualquier título, controle dicha actividad o tenga un poder económico determinante sobre su funcionamiento técnico
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Se presume, salvo prueba en contrario, que la actividad ha causado el daño o amenaza cuando, atendiendo a su naturaleza intrínseca o a la forma en que se ha desarrollado, sea apropiada para causarlo.
3.2. ¿Cuáles son las obligaciones que la ley impone a los operadores de actividades económicas?
La ley distingue en cuanto a su nivel de exigencia entre actividades incluidas en el Anexo III (potencialmente contaminantes) y no incluidas en este anexo.
3.2.1. Obligaciones de los operadores del Anexo III
PREVENIR, EVITAR Y REPARAR + SUSCRIBIR GARANTÍA FINANCIERA OBLIGATORIA
3.2.2. Obligaciones de los operadores distintos del Anexo III
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Sí no existe DOLO, CULPA O NEGLIGÉNCIA
- PREVENIR Y EVITAR EL DAÑO MEDIOAMBIENTAL
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Sí existe DOLO, CULPA O NEGLIGÉNCIA
- PREVENIR, EVITAR Y REPARAR EL DAÑO MEDIOAMBIENTAL
3.3. ¿Cuáles son las actividades incluidas en el Anexo III?
- Explotación de actividades sujetas a autorización ambiental integrada, anexo I de la Ley 16/2002 de prevención y control integrados de la contaminación
- Actividades y establecimientos sujetos al ámbito de aplicación del Real decreto 1254/1999, de medidas de control de accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas
- Actividades de gestión de residuos, sujetas a permiso o registro de conformidad con la Ley 10/1998, incluyendo explotación vertederos y su clausura, así como la incineración de estos
- Vertidos de aguas interiores superficiales , subterráneas, vertidos de aguas interiores y mar territorial sujetas a autorización
- Vertido o inyección de contaminantes en aguas superficiales o subterráneas sujetos a autorización, permiso o registro
- Captación o represamiento de aguas sujetos a autorización
- La fabricación, utilización, almacenamiento, transformación, embotellado, liberación en el medioambiente y transporte de: sustancias peligrosas, productos fitosanitarios y los biocidas
- El transporte por carretera, ferrocarril, por vias fluviales, marítimo o aéreo de mercancias peligrosas o contaminantes
- Instalaciones contaminadoras de la atmósfera
- Toda utilización confinada, transporte, comercialización y liberación intencionada de OMG
- El traslado transfronterizo de residuos
- La gestión de residuos de las industrias extractivas